Solicitar asilo

Recomendaciones para pedir asilo 👉

Si tu vida corre peligro y no puedes volver a tu país, puedes solicitar protección como una persona refugiada en México. 
Importante:
Desde 2021 hubo un incremento de solicitudes de asilo en México.

 

Recomendaciones generales: 
  • Si no tiene documentos oficiales consigo, no es necesario presentarlos. Por cuestiones de derecho internacional le asiste “el beneficio de la duda”, por lo cual no es impedimento para solicitar asilo.
  •  Si no solicitó el reconocimiento dentro de los primeros 30 días después de tu entrada a México, puede solicitar el trámite explicando las causas por las cuales no pudo realizarlo en tiempo.
  • Si usted viaja en familia, al momento de solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado puede solicitar el reconocimiento de  todos sus acompañantes en el mismo trámite. Pero si piensa que sus familiares han vivido la persecución de una manera distinta, pida por escrito que cada persona lleve su procedimiento aparte.
  • Tome en cuenta que la ley establece un tiempo de 45 días para resolver su solicitud de reconocimiento, pero el procedimiento puede durar mucho más.
  • Recuerde que no puede salir del país, cambiar de ciudad en la que solicitó el reconocimiento y que debe acudir a firmar cada semana hasta que su trámite termine. Aunque actualmente, debido a la pandemia, las firmas dependen de lo que indique la autoridad sanitaria. Información: Preguntas frecuentes durante la contingencia
  • Tiene derecho a recibir CURP (Clave Única de Registro de Población) al momento de recibir su constancia de trámite. Si no la tiene, puede solicitarla ante la COMAR.
  • Tiene derecho a recibir una Tarjeta o Visa por razones humanitarias en México. Es gratuita, le permite regularizar su estancia en México, suele ser válida por 1 año, conlleva implícito un permiso de trabajo, permite el libre tránsito por el país (sin embargo, ante COMAR usted se obligó a no salir del estado donde solicitó el reconocimiento) y no se puede renovar a menos que llegue la fecha de vencimiento y usted  siga siendo solicitante de la condición de refugiado.

*Sin Fronteras IAP no representa a ningún organismo público o de gobierno. Para más información consultar el sitio oficial oficial:
https://www.gob.mx/comar

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