En caso de ser detenidx por la autoridad migratoria en el aeropuerto. Siendo turista
- Despues de su primera entrevista, se sella el pasaporte y se otorga la forma migratoria múltiple (este es un documento que deben de tener a la mano en todo momento y enviar una foto a algún conocido o familiar)
- En caso de que se detecte alguna inconsistencia o se deba verificar algún dato, puedes ser llevadx a una segunda entrevista de verificación la cual, en términos de la Ley del INM, no puede exceder más de 4 horas la detención. Durante esta segunda revisión, el INM puede aceptar tu ingreso o determinar que seas regresadx a tu país de origen en el vuelo más próximo. Este es el peor de los escenarios y usualmente ocurre cuando hay alguna inconsistencia.
Durante la diligencia de segunda revisión tienes derecho a:
- Una llamada (sugerimos se contacte con sus redes de apoyo en México )
- Saber las causas por las cuales se está realizando su retorno y las inconsistencias que detectó la autoridad migratoria.
- Recibir una copia de la resolución en la que se establezcan las razones por las cuales se determino que fueras regresadx a tu país de origen
- Ser devueltx dentro de las siguientes 24 horas posteriores a tu llegada. A recibir atención médica en caso de ser necesaria, información sobre las causas por las que son llevadas a segunda revisión, a una alimentación adecuada.
- Tener comunicación con su consulado en caso de requerirlo.
- Si consideras que se ha violado alguno de estos derechos, tú o alguien más puede presentar una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para denunciarlo.
Esto se puede hacer:
- En línea, en la página https://atencionciudadana.cndh.org.mx,
- Por teléfono a las líneas con atención las 24 horas, 800-715-2000, 555-681-8125 y 555-490-7400 y
- En las oficinas de la CNDH ubicadas en Periférico Sur #3469, San Jerónimo Lídice, Alcaldía La Magdalena Contreras C.P. 10200, Ciudad de México, (las 24 horas del día).
De manera presencial: en República de Cuba #60, Centro Histórico, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06010, Ciudad de México (de lunes a viernes de 9 a 18:30 horas).
En caso de no poder acudir a las oficinas en CDMX, puedes consultar la oficina más cercana en el siguiente vínculo https://www.cndh.org.mx/Sedes
En caso de que se presente en línea o en las oficinas de la CNDH, se deberá de realizar un escrito que deberá incluir:
- Un breve relato de los hechos cometidos por la autoridad migratoria
- También se deberá mencionar el nombre, apellidos, domicilio y, de ser posible, número telefónico o correo electrónico de la persona que presenta la queja
- Este escrito deberá de ser firmado por la persona que presenta la queja y, para el caso de que no pueda o sepa escribir, tendrá que estampar su huella digital.
*Sin Fronteras IAP no representa ninguna institución pública o de gobierno. Para más información visite: https://www.cndh.org.mx/cndh/preguntas-frecuentes