Estas son algunas recomendaciones en caso de que alguna autoridad quiera entrar al albergue:
- Toma nota

- Recuerda que el artículo 76 de la Ley de Migración y la Ley de Protección de datos Personales en Posesión de los Particulares señalan que no se debe realizar visitas de este tipo y que tu información personal debe estar protegida.
*Sin Fronteras IAP no representa a ningún organismo público o de gobierno. Para más información consultar el sitio oficial:
https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derechos-de-las-personas-migrantes