Protocolo MPP
El Protocolo de Protección a Migrantes «MPP», también conocido como Permanecer en México, es
Título 42 y Título 8
El 11 de mayo de 2023 dejó de estar en vigor el Título 42, pero comenzó a implementarse el Título 8.
Es muy importante consultar medios oficiales para seguir las actualizaciones sobre el tema, como la página web del Departamento de Seguridad Nacional de EUA: https://www.dhs.gov/news-releases/press-releases
El Título 8 implica que todas las personas que ingresen de manera irregular al territorio de Estados Unidos y no acrediten una situación de persecución, serán expulsadas de manera acelerada.
A través de un proceso totalmente en línea, las personas pueden solicitar una autorización anticipada para viajar a Estados Unidos y ser consideradas, caso por caso, para un permiso temporal de hasta dos años, que incluiría la autorización de empleo, siempre que:
Existen dos procesos posibles para pedir asilo en Estados Unidos:
*Sin Fronteras IAP no representa ninguna institución pública o de gobierno. Para más información visite:
https://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/refugiados-y-asilo/asilo/obtener-asilo-en-los-estados-unidos
https://help.unhcr.org/usa/es/applying-for-asylum/