- CURP (Clave Única de Registro de Población): Es un código alfanumérico único de identidad de 18 caracteres utilizado para identificar oficialmente tanto a residentes como a ciudadanos mexicanos de todo el país. La CURP es necesaria para muchos trámites gubernamentales.
- RFC (Registro Federal de Contribuyentes): es una clave que requiere toda persona física o moral en México para realizar cualquier actividad económica lícita por la que esté obligada a pagar impuestos, con algunas excepciones.
- Solicitud de Asilo: Es un derecho que tienen todas las personas extranjeras, cuando han sido obligadas a salir de sus países de origen por motivos de persecución debido a que su vida, libertad y seguridad corren peligro y se realiza ante la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, quien es la autoridad encargada de resolver si se les otorga o no esta condición. Dicho trámite en México se llama Trámite de Reconocimiento de la Condición de Refugiado.
- Resolución Negativa: Es aquella respuesta que emiten una autoridad negando cualquier solicitud presentada. En el caso de personas solicitantes de asilo, dicha respuesta la puede otorgar la COMAR ante una negativa a la solicitud de asilo, o bien el INM ante la solicitud de un trámite de tarjeta de visitante por razones humanitarias o residencia permanente. Esta respuesta debe encontrarse debidamente fundada y motivada y puede ser impugnable.
- Recurso de Revisión: Es un medio de defensa que se puede presentar ante una resolución negativa por parte de la COMAR o del INM, el cual tiene por objeto evidenciar que dicha resolución no se encuentra dictada conforme a la ley y no analizó el caso de forma adecuada. Y se presenta ante la misma autoridad que emitió la resolución impugnada.
- Juicio de Nulidad: Es un medio de defensa que puede hacer valer cualquier persona en contra de resoluciones negativas a un recurso de revisión o contra actos de la COMAR o INM que le causen alguna afectación en su persona, a sus derechos o por violaciones a la ley aplicada o falta de aplicación de alguna legislación. Es presentado ante las salas competentes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
- Visitante por Razones Humanitarias: Es la condición de estancia, que le permite a una persona extranjera vivir en el país de manera temporal por ser víctima o testigo de algún delito, causal humanitaria o ser solicitante de asilo.
- Residencia Temporal: Es la condición migratoria que autoriza a personas extranjeras permanecer en México de manera temporal, hasta por 4 años. Se puede renovar cada año o solicitarla para lapsos más extensos.
- Residencia Permanente: Es la condición migratoria que autoriza a las personas extranjeras permanecer en México de manera indefinida, con permiso para trabajar, así como entrar y salir del país las veces que quieran. Se tramita en el INM
- Alerta Migratoria: Es una alerta que aparece en el registro del INM cuando se realiza algún trámite o al pasar por un control de la autoridad migratoria. Muchas de éstas surjan, por la coincidencia de tu nombre con uno ya registrado en estas listas, en algunos otros casos, por no haber cumplido con algún requerimiento previo hecho por las autoridades migratorias o, en casos más particulares, cuando se trata de asuntos que podrían afectar la seguridad nacional.
- Seguro Social: Es un servicio de salud pública al cual tienen derecho a estar afiliados todos los trabajadores subordinados, asimismo pueden asegurar a familiares directos (esposa o esposo, hijas e hijos, madre o padre).
- Seguro Popular: Es un servicio de salud pública al cual pueden afiliarse todas las personas que no cuenten con afiliación a alguna otra institución de este tipo (IMSS O ISSTE).
- Persona Física: Es un término comúnmente utilizado en cuestiones legales y hacendarias (impuestos). De forma general hace referencia a una persona que trabaja como subordinado para una empresa o, de forma independiente.
- Persona Moral: Es un término comúnmente utilizado en cuestiones legales y hacendarias (impuestos). De forma general hace referencia a una organización dotada de personalidad jurídica propia, como una empresa.
- Centro de Salud Comunitario: Es una institución de carácter publico en la cual se brindan servicios de salud a un precio accesible, especialmente a la población que no cuenta con servicios de seguridad social.
- Solicitud de Empleo: Formulario comúnmente requerido cuando se busca empleo. Contiene, entre otros datos, información personal, académica y experiencia laboral. Es fácil de conseguir en papelerias y cuesta alrededor de $1.
- Currículum Vitae: Es un documento en el que una persona que busca empleo expone de forma breve las habilidades, formación académica y experiencia laboral con la que cuenta.
- INM (Instituto Nacional de Migración): Organismo gubernamental que se encarga de aplicar la legislación migratoria vigente. Atiende a personas extranjeras que visitan México, a quienes quieren permanecer en México en forma temporal o permanente, así como los mexicanos que contratan extranjeros y quienes desean establecer vínculos familiares con una persona extranjera.
- COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a los Refugiados): Institución gubernamental dedicada a dirigir, proteger y ejecutar las políticas en materia de Protección y Asistencia a los solicitantes de refugio y refugiados en congruencia con los acuerdos internacionales establecidos por el gobierno mexicano.
- ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados): Es el organismo de las Naciones Unidas encargado de proteger a los refugiados y desplazados por persecuciones o conflictos, y promover soluciones duraderas a su situación, mediante el reasentamiento voluntario en su país de origen o en el de acogida.
- Actividad económica: Acción realizada por una persona, negocio, empresa o establecimiento, con la finalidad de producir bienes y servicios para el mercado. Incluye la producción agropecuaria para el autoconsumo y la autoconstrucción.
- Resolución Negativa: Respuesta negativa a la solicitud del trámite administrativo donde niega la petición realizada.
- Amparo: Recurso legal en el cual se solicita a un juez que se respeten los derechos humanos violados en un proceso administrativo.
- Autoridad migratoria: Servidor público que ejerce la potestad legal expresamente conferida para realizar determinadas funciones y actos de autoridad en materia migratoria.
- Acuerdo de readmisión: al acto por el cual se autoriza la internación al país de un extranjero deportado con anterioridad.
- Asilado: Toda persona extranjera que sea reconocida como tal en los términos de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político.
- Apátrida: Toda persona que no sea considerada como nacional por, ningún Estado, conforme a su legislación. La ley concederá igual trato a las personas que tienen una nacionalidad pero que no es efectiva.
- Condición de estancia: Situación regular en la que se ubica a un extranjero en atención a su intención de residencia y, en algunos casos, en atención a la actividad que desarrollarán en el país, o bien, en atención a criterios humanitarios o de solidaridad internacional.
- Estación Migratoria: Instalación autorizada para alojar temporalmente a los extranjeros que no acrediten su situación migratoria regular, en tanto se resuelve su situación migratoria.
- Filtro de revisión migratoria: Espacio ubicado en el lugar destinado al tránsito internacional de personas, donde se autoriza o rechaza la internación regular de personas al territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
- Protección complementaria: Protección que se le otorga al extranjero que no ha sido reconocido como refugiado. Consistente en no devolverlo al territorio de otro país en donde su vida se vería amenazada o se encontraría en peligro de ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
- Refugiado: Toda persona extranjera que se encuentre en territorio nacional y que sea reconocido como refugiado por parte de las autoridades competentes, conforme a los tratados y convenios internacionales de que es parte el Estado Mexicano y a la legislación vigente.
- Retorno asistido: Procedimiento por el que el Instituto Nacional de Migración hace abandonar el territorio nacional a un extranjero, remitiéndolo a su país de origen o de residencia habitual.
- Situación migratoria: a la hipótesis en la que se ubica un extranjero en función del cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias para su internación y estancia en el país. Se considera que el extranjero tiene situación migratoria regular cuando ha cumplido dichas disposiciones y que tiene situación migratoria irregular cuando haya incumplido con las mismas.
- Trámite migratorio: Cualquier solicitud o entrega de información que formulen las personas físicas y morales ante la autoridad migratoria, para cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio de carácter migratorio a fin de que se emita una resolución, así como cualquier otro documento que dichas personas estén obligadas a conservar, no comprendiéndose aquélla documentación o información que solo tenga que presentarse en caso de un requerimiento del INM.